Contratación a cargo del capítulo 6 del personal investigador, personal técnico o gestor de la investigación

La Universidad de las Illes Balears, con la finalidad de garantizar unos procesos de contratación del personal investigador abiertos, transparentes, basados en el mérito y la capacidad, y de acuerdo con los principios establecidos en la Carta Europea del Investigador y el Código de Conducta de Contratación de Investigadores, se alinea mediante la presente normativa con los principios de la Unión Europea encaminados al desarrollo de un mercado laboral investigador de ámbito europeo que sea atractivo, abierto y viable, y en el que las condiciones generales permitan contratar y conservar personal investigador altamente cualificado en entornos que favorezcan el rendimiento y la productividad.

En este sentido, el 19 de febrero de 2018 la UIB se adhirió formalmente ante la Comisión Europea a los principios previstos en la Carta Europea del Investigador y en el Código de Conducta de Contratación de Investigadores, y el 14 de noviembre de 2019 la UIB envió a la Comisión Europea el expediente documental necesario para superar la primera fase de implementación de la Estrategia de Recursos Humanos para los Investigadores (HRS4R, por sus siglas en inglés).

El 26 de julio de 2020 la Comisión Europea, a través de EURAXESS, concedió a la UIB el sello HR Excellence in Research Award, y se inició un período de dos años para su plena implementación.

Por todo lo indicado, el Consejo de Gobierno aprobó el Acuerdo normativo 14540/2022, de 15 de junio, que regula la contratación a cargo del capítulo 6 del presupuesto de la Universidad del personal investigador, así como del personal técnico o gestor de la investigación.

Procedimiento de las convocatorias para los responsables

El procedimiento para la incorporación a la UIB de personal investigador, técnico y/o gestor de la investigación a cargo de proyectos de investigación, convenios, acuerdos o figuras similares con financiación del capítulo 6 del presupuesto de la Universidad de las Illes Balears está regulado en el Acuerdo Normativo 14540/2022, de 15 de junio.

Propuesta de contratación

  • Retribuciones: el Consejo de Dirección ha aprobado y publicado una tabla salarial con especificación de las categorías correspondientes y las retribuciones para la contratación de personal investigador, personal técnico y gestor de apoyo a la investigación. Para mayor información puede consultar la página de retribuciones.
  • Para iniciar los trámites de la contratación, el responsable debe rellenar el formulario de propuesta de contratación disponible en el Portal del Personal Investigador (PPI).
  • Para cada convocatoria de contratación se publicará en la página web del Área de Investigación el plazo límite para presentar las propuestas de contratación.
  • La propuesta de contratación debe indicar, como mínimo, la categoría, la duración, la dedicación, el horario, el lugar de prestación de servicios, la persona responsable, el objeto y el área de la contratación, la referencia de la actuación marco, el salario a percibir y el resto de requerimientos exigidos para publicarse en plataformas como EURAXESS.
  • El formulario de propuesta de contratación se puede rellenar en catalán, castellano e inglés.

NOTA: Si la persona que previsiblemente se tiene que contratar no tiene nacionalidad española, es necesario llevar a cabo trámites previos en la oficina de extranjeros, y es conveniente hablar sobre ello -con antelación suficiente-, con el señor Gaspar Pizà, jefe del Servicio de Nóminas y Seguridad Social.

Revisión administrativa de las propuestas

  • Las propuestas de contratación se someterán a una revisión administrativa que analizará su viabilidad económica y la adecuación a la fuente de financiación propuesta.
  • Los expedientes de propuestas de contratación se dirigirán al Área de Investigación o al servicio con competencias en gestión de la investigación.
  • En caso de que el Área de Investigación no disponga de documentación relativa a la actuación marco que permita la viabilidad técnica y económica de la contratación, la solicitará a la persona responsable.
  • Si procede, el Servicio Lingüístico –o el servicio con las competencias correspondientes– se encargará de corregir y traducir el texto de la oferta de contratación al catalán y al inglés.
  • Las propuestas de contratación que superen la revisión administrativa se deben notificar a los servicios administrativos correspondientes, que tendrán que realizar una reserva de crédito.

Duración del contrato

  • Los contratos de trabajo suscritos en el ámbito de aplicación del Acuerdo Normativo 14540/2022, de 15 de junio, están vinculados siempre al período de ejecución de las tareas objeto de la contratación, o al período de ejecución de la actuación marco o la fuente de financiación que corresponda.

Comunicación de la finalización del contrato o del período de ejecución de la actuación marco

  • El Área de Investigación comunicará, con un mínimo de 30 días hábiles, al personal contratado y al personal responsable la finalización del contrato en vigor o la fecha de finalización de las tareas objeto de la contratación. La comunicación de finalización incluirá un primer pronunciamiento para indicar si el contrato acabará definitivamente o si será extendido:
    1. Si la persona responsable señala que el contrato tiene que finalizar definitivamente, el servicio realizará los trámites correspondientes.
    2. En caso de que la persona responsable manifieste su intención de extender en el tiempo el contrato, este pronunciamiento no implicará la realización automática de los trámites contables correspondientes, que deberán realizarse mediante el procedimiento de propuesta en el PPI.
    3. Si, alcanzada la fecha de finalización del contrato o la fecha de finalización de las tareas objeto de la contratación, no se tiene ningún pronunciamiento de la persona responsable de la contratación, se activará la tramitación de extinción del contrato y, en consecuencia, se dejará sin efectos la relación laboral. Este hecho implicará la finalización de las obligaciones respectivas de prestar servicios y de cotizar y retribuir a la persona interesada.

Extensión del contrato

  • Las solicitudes de extensión de propuestas de contratación anteriores al Acuerdo Normativo 14540/2022, de 15 de junio, se deben realizar a través del formulario disponible aquí.
  • Las solicitudes de extensión de los contratos al amparo del Acuerdo Normativo 14540/2022, de 15 de junio, si procede, deben ser enviadas por las personas responsables de la contratación mediante el procedimiento habilitado al efecto en el Portal del Personal Investigador.
  • El plazo máximo para presentar la solicitud de extensión es de quince días hábiles antes de la fecha de finalización del plazo de realización de las tareas motivo de la contratación.

Extinción del contrato

  • En caso de extinción prematura del contrato de trabajo, y siempre que en el proceso de selección así se haya indicado, el candidato suplente siguiente establecido por orden de prelación podrá ocupar el puesto sin necesidad de tener que iniciar un nuevo procedimiento de contratación ni tener que dar nueva publicidad al puesto de trabajo ofrecido. Esta incorporación de suplentes se podrá realizar no más tarde de un año desde la fecha inicial de contratación y siempre que falten seis meses o más hasta la fecha prevista en el artículo 12 de esta normativa. El candidato suplente se incorporará en las mismas condiciones y por el tiempo que quede del período de ejecución de las tareas objeto de la contratación, o del período de ejecución de la actuación marco o la fuente de financiación que corresponda, de acuerdo con la convocatoria.
  • Si al finalizar el contrato de duración determinada, por expiración del tiempo convenido, cabe hacer efectiva la indemnización legalmente prevista, esta debe ir vinculada preferentemente al proyecto, convenio, acuerdo o similar. Al efecto de los contratos indefinidos, se habilitarán los mecanismos necesarios para ajustarse a la normativa laboral vigente.

Información para los candidatos

Solicitudes de los candidatos 

Las personas interesadas en convertirse en candidatos para la contratación deben rellenar el formulario disponible en el Portal del Personal Investigador y registrarlo mediante instancia genérica disponible en el catálogo de procedimientos de la sede electrónica de la UIB, de conformidad con lo que establece el artículo 25 del Acuerdo normativo 14427/2022, de 23 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento para la implantación de la administración electrónica en la Universidad de las Illes Balears. No se admitirán formalmente otras vías de registro o expresión de interés. Para más información contactar con forhu.contractacio@uib.es.

Los residentes fuera de España interesados en ser candidatos a la contratación deberán presentar su solicitud a través del formulario general correspondiente, en el que se faculta a un funcionario debidamente autorizado de la Universidad de les Illes Balears para inscribir y presentar toda la documentación solicitada en la convocatoria. Esta autorización se otorga de conformidad con lo que se establece en la Resolución de la Secretaría General, de 19 de mayo de 2022, por la que se hace pública la versión consolidada de la instrucción sobre inscripción y puntos de apoyo a la inscripción, y sus sucesivas modificaciones. Los solicitantes deberán rellenar el formulario disponible en el Portal del Personal Investigador y enviarlo junto con la documentación requerida en la oferta de empleo a la siguiente dirección de correo electrónico: forhu.contractacio@uib.es.

 Para consultar el procedimiento, podéis acceder a infografía

Si queréis conocer  qué contratos están ofertados actualmente, consultad la página de convocatorias vigentes.

Finalizado el plazo de presentación de solicitudes y en el plazo máximo de tres días hábiles, en la página de convocatorias vigentes se publicará la lista provisional de candidatos admitidos y excluidos, con expresión de la causa de exclusión u omisión, si procede.

Las posibles enmiendas o alegaciones a la lista provisional deben presentarse mediante la sede electrónica de la UIB en el plazo de tres días, a contar a partir del día siguiente de la publicación de la lista. En caso de que todas las solicitudes sean admitidas, se podrá prescindir de este trámite y de su plazo, circunstancia que deberá manifestarse en la resolución de concesión.

El día hábil siguiente a la finalización del plazo referido en el punto anterior se publicará en la página de convocatorias vigentes la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos, firmada por el vicerrector competente en materia de investigación (o persona en quien delegue).

Selección de los candidatos

La selección de los candidatos irá a cargo de una comisión de selección cuya composición se establecerá, si procede, en cada convocatoria.

El secretario de la comisión redactará un acta, que hará la función de resolución provisional, en el que constará la relación de aspirantes evaluados y seleccionados, si procede, con la respectiva puntuación obtenida. La resolución provisional contendrá, si procede, la identificación de la persona seleccionada y de los posibles suplentes (DNI, pasaporte, NIE o similar) con el orden de prelación establecido por la comisión de selección y la puntuación obtenida. 

Resultado del proceso de selección

La comisión de selección publicará la resolución provisional con el resultado del proceso de selección en la página de convocatorias vigentes el día siguiente al de la adopción del acuerdo.

Se comunicará individualmente a los candidatos un informe individualizado, que incluirá el resultado del proceso de selección, así como un informe de la evaluación de su solicitud, con especial mención a los puntos fuertes y débiles de las solicitudes.

Contra la resolución provisional podrá interponerse reclamación dirigida al presidente de la comisión de selección en el plazo de tres días desde el día siguiente de la publicación.

En caso de declararse desiertas las plazas, se especificará expresamente esta circunstancia, que deberá ser motivada.

En un plazo no superior a cinco días desde el día siguiente de la publicación de la resolución provisional, se publicará la resolución de selección definitiva.

Contra la resolución de selección definitiva, se podrá interponer recurso de alzada ante el Rector en el plazo de un mes desde el día siguiente de la publicación de la resolución.

Procedimiento de las convocatorias para los seleccionados

La documentación necesaria que deben presentar las personas interesadas para poder hacer su contrato es la siguiente:

Solo para las personas no españolas: